"Detrás del éxito, hay una persona informada".

Alexander Coto.

Calendario Tributario  2021.

Presenta tus impuestos al día.

Facturación Electrónica.

Beneficios.

  1. Según estudio realizado por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, CIAT, es más económico facturar electrónicamente que por las modalidades tradicionales de facturación. El Ahorro puede representar hasta un 80% de los gastos frente a la gestión de facturas en papel.

  2. La automatización en la recepción de las facturas a través de procesos electrónicos y digitales, genera ahorro en tiempos de procesamiento, registro contable, tesorería y consulta de información.

  3. Favorece las relaciones comerciales al reducir costos de envío y recepción de facturas, así como facilita el seguimiento del estado de las facturas electrónicas como: recepción, rechazo o aceptación; brinda la posibilidad de obtener reportes y alertas permanentes en tiempo real.

  4. Simplifica los trámites internos en las empresas, principalmente generación, recepción, contabilidad, gestión documental, comercial y compras; de manera amable permite la recuperación de información al estar siempre disponible en línea, en formato electrónico, validada previamente por la DIAN y como soporte adecuado.

  5. La Factura Electrónica previamente a su entrega es validad por la DIAN en tiempo real, lo que garantiza que la factura cumple con los requisitos necesarios para tener efectos fiscales, tanto para el facturador como para sus clientes.

  6. Es un documento que puede ser objeto de factoring, para financiar al empresario a bajos costos.

  7. Facilita que la DIAN implemente mejores servicios para los contribuyentes como devoluciones automáticas de impuestos.

  8. Es amigable con el medio ambiente, al disminuir el uso del papel.

  9. Mejora el comercio exterior del país con los países que ya dieron el salto a la factura electrónica.

Régimen Simple de Tributación - RST

El Régimen Simple de Tributación (en adelante RST) es un sistema para el pago de impuestos que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN y al que pueden acceder de forma voluntaria, tanto personas naturales como personas jurídicas que cumplan con los requisitos que se encuentran en el siguiente enlace:

No pueden optar por el RST, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones que encuentran en el siguiente enlace:

Este nuevo régimen busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, especialmente de aquellos que están en la informalidad, a quienes les permitirá gozar de todos los beneficios que ofrece formalizarse, no solo porque verán reducida ostensiblemente la carga impositiva y los costos de cumplimiento de la obligación tributaria, sino también porque mejorarán sus condiciones de competitividad en el mercado.

Los contribuyentes de este nuevo modelo de tributación no estarán sometidos al Impuesto sobre la Renta, debido a que se sustituye por el RST.

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